Articulo 62 Capitalidad de Palma
Ver Indice
»Artículo 62
Vigente
El personal laboral propio de los organismos autónomos, las entidades y las empresas municipales queda excluido de la aplicación de la presente ley.
El personal laboral propio de los organismos autónomos, las entidades y las empresas municipales queda excluido de la aplicación de la presente ley.