Articulo 62 Derechos y Atención a Personas con Discapacidad
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»Artículo 62. Autonomía en la toma de decisiones.
Vigente
Las personas con discapacidad tienen derecho a la autonomía y a tomar sus propias decisiones acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias. Con esta finalidad se impulsarán y facilitarán los instrumentos de autotutela adaptados a sus particulares circunstancias.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-10-2017 en vigor desde 24-10-2017