Articulo 62 Función Pública de Cantabria
Ver Indice
»Artículo 62.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El funcionario tiene el deber general de sigilo en lo que atañe a la función desempeñada y especialmente el de secreto profesional sobre datos y situaciones que conozca por razón del cargo y cuya divulgación pueda dañar o crear riesgo para los intereses públicos o al interés de los particulares afectados.
