Articulo 62 Gobierno y Administración
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Art. 62.
Vigente
La contratación de la Comunidad de Madrid se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos de las Administraciones Públicas y por las leyes de la Asamblea de Madrid y demás normas de carácter reglamentario que se dicten para su desarrollo y ejecución.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 13/2002, de 20 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
(BOCM de 23-12-2002) en vigor desde 01-01-2003