Articulo 62 Líneas de promoción juvenil
Ver Indice
»Artículo 62.- Seguro.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1.- Todas las instalaciones juveniles deberán tener contratado un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños personales y materiales que ocasionen tanto el funcionamiento de la instalación como los actos de su personal de los que el titular haya de responder.
2.- El riesgo asegurable para las instalaciones juveniles de alojamiento debe ascender a un mínimo de 300.000 euros.

