Articulo 62 Medidas 2012 Tributarias, Administrativas y Financieras
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»Artículo 62. Actuación.
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El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León se adscribe al Consejo Consultivo de Castilla y León.
El Tribunal actuará con separación de sus funciones respecto de las que corresponden al Consejo Consultivo en cuanto superior órgano consultivo de la Comunidad Autónoma y con plena independencia del resto de sus órganos, ejerciendo las funciones y dictando las resoluciones que correspondan.
Modificaciones
- Artículo modificado (Suprimidos 62. párrafos 3 y 4) por LEY 4/2013, de 19 de junio, por la que se modifica la organización y el funcionamiento de las instituciones propias de la Comunidad de Castilla y León.
(CL de 03-07-2013) en vigor desde 04-07-2013
