Articulo 62 Medidas de Pr... de Genero

Articulo 62 Medidas de Proteccion Integral contra la Violencia de Genero

Ver Indice
»

Artículo 62. De la orden de protección.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Recibida la solicitud de adopción de una orden de protección, el Juez de Violencia sobre la Mujer y, en su caso, el Juez de Guardia, actuarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.