Articulo 62 Normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, a...ativas y financieras
Articulo 62 Normas en mat...inancieras

Articulo 62 Normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 62. Funcionarios docentes.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el artículo 21 de la Ley 15/2001, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales, presupuestarias, de control y administrativas, que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 21. Funcionarios docentes.

Los funcionarios de cuerpos docentes que se encuentren en situación de servicios especiales por ocupar un puesto o cargo en la Junta de Andalucía y no perciban complemento específico tendrán derecho a la percepción de los quinquenios y sexenios que correspondan.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2002 en vigor desde 01-01-2003