Articulo 62 Plan básico autonómico
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Artículo 62. Condiciones a tener en cuenta en los proyectos de urbanización

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1. Las obras de nueva edificación deberán proyectarse tomando en consideración la topografía del terreno, la vegetación existente, la posición del terreno respecto a cornisas, hitos u otros elementos visuales.

2. Los materiales empleados en la urbanización deberán ser, preferentemente, de origen local.