Articulo 62 Plan básico autonómico
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»Artículo 62. Condiciones a tener en cuenta en los proyectos de urbanización
Vigente
1. Las obras de nueva edificación deberán proyectarse tomando en consideración la topografía del terreno, la vegetación existente, la posición del terreno respecto a cornisas, hitos u otros elementos visuales.
2. Los materiales empleados en la urbanización deberán ser, preferentemente, de origen local.