Articulo 62 Principios generales y directrices de coordinación en materia turística
Ver Indice
»Artículo 62. Grupos de trabajo de la Comisión Interdepartamental
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Comisión Interdepartamental puede crear grupos de trabajo en las materias que lo requieran para el ejercicio de sus funciones y bajo la coordinación de un miembro de la Comisión.
Los grupos de trabajo se reunirán con la periodicidad que determine su coordinador.
