Articulo 62 Reglamento de...de Policia

Articulo 62 Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policia

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Artículo 62.

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No podrá imponerse sanción disciplinaria alguna a los funcionarios de los Cuerpos de Policía de Navarra sino en virtud del procedimiento establecido en este Decreto Foral.