Articulo 62 Reglamento de...el deporte

Articulo 62 Reglamento de prevencion de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte

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Artículo 62. Definición.

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La Unidad de Control Organizativo es el centro, dotado del conjunto de medios que se determinan en los artículos siguientes y adecuadamente ubicado en las instalaciones deportivas, desde donde el Coordinador ejerce la dirección del dispositivo de seguridad, en todas sus fases, durante el acontecimiento deportivo, con la asistencia del responsable de seguridad del mismo, para facilitar su normal desarrollo.