Articulo 62 Reglamento de...e Justicia

Articulo 62 Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia

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Artículo 62. Diligencias de ordenación acordadas por el Juez Ponente o el Abogado General

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1. El Juez Ponente o el Abogado General podrán instar a las partes o a los interesados mencionados en el artículo 23 del Estatuto a que presenten, en el plazo que se determine, cualquier información relativa a los hechos, cualquier documento o cualquier elemento que consideren pertinentes. Las respuestas y documentos recibidos se comunicarán a las demás partes o a los interesados mencionados en el artículo 23 del Estatuto.

2. El Juez Ponente o el Abogado General podrán igualmente remitir a las partes o a los interesados mencionados en el artículo 23 del Estatuto preguntas a las que se responderá en la vista.