Articulo 62 Simplificación administrativa y apoyo a la reactivación económica
Articulo 62 Simplificació... económica

Articulo 62 Simplificación administrativa y apoyo a la reactivación económica

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 62. Grupos técnicos sectoriales

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. A propuesta del Comité Técnico y previa aprobación de la Comisión, se podrán crear grupos de trabajo técnicos sectoriales que elaboren recomendaciones en materia de simplificación de procedimientos, armonización de sistemas de contratación o de procesos de convocatorias o cualquier otro preciso para la ejecución de los planes y proyectos definidos en el presente capítulo.

2. Los grupos de trabajo técnicos sectoriales estarán presididos por la persona titular de la dirección general que determine la Comisión y conformados por personal funcionario público con nivel de subdirección general, o equivalente, de las diferentes consejerías implicadas. Los resultados de los trabajos realizados por los grupos de trabajo serán aprobados en forma de recomendaciones, propuestas de actuación, propuestas de pliegos, manuales tipo o propuestas de bases por la Comisión para la planificación e impulso de proyectos a financiar por el instrumento Next Generation EU.

3. A propuesta de la presidencia de los grupos técnicos sectoriales podrá acordarse la asignación de funciones a tiempo parcial a personal funcionario de las diferentes consejerías sin que suponga cambio de adscripción del puesto de trabajo ni de la consejería en que preste servicios. La asignación de funciones estará limitada al ámbito de gestión establecido en el presente capítulo y podrá suponer la percepción de un complemento retributivo por consecución de objetivos o, en su caso, de retribuciones extraordinarias por trabajos realizados fuera de la jornada habitual.

4. En la designación de personal funcionario público que forme parte de los grupos técnicos sectoriales se atenderá, siempre que sea posible, al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-02-2021 en vigor desde 18-03-2021