Articulo 62 Uso estratégico de la contratación pública
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»Artículo 62. Muestras.
Vigente
En los contratos de suministro de bienes consumibles y en aquellos otros cuya naturaleza lo aconseje, los pliegos de la licitación deberán prever la presentación obligatoria de muestras con la oferta para su evaluación, con el fin de permitir tanto el control de la calidad de los productos como la ejecución mediante el cotejo de los suministros entregados con la muestra correspondiente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-2023 en vigor desde 17-05-2023