Articulo 62234 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 622-34. Extinción del mandato colectivo
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1. En caso de pluralidad de mandantes, el mandato se extingue cuando la causa les afecta a todos, salvo pacto en contrario o que la causa de extinción sea la revocación justificada.
2. En el mandato convenido con una pluralidad de mandatarios que deban actuar conjuntamente, el mandato se extingue si la causa les afecta a todos, salvo pacto en contrario.
