Articulo 6232 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 623-2. Derechos de producción agraria
Vigente
Los derechos de producción agraria y los derechos vinculados a las fincas o las explotaciones integran el contenido del contrato de cultivo, salvo que las partes los excluyan expresamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 01-01-2018