Articulo 62410 Código Civil de Cataluña
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 624-10. Conmutación de la prestación
Vigente
La autoridad judicial, a solicitud de una de las partes del contrato de alimentos, puede declarar la conmutación de la prestación por una renta dineraria en los siguientes casos:
a) Si en el cumplimiento del contrato surgen diferencias continuadas y graves entre las partes.
b) Si la obligación de prestar alimentos se ha transmitido a los herederos de la persona obligada a prestarlos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 01-01-2018