Articulo 6254 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 625-4. Forma y duración
Vigente
1. El contrato de integración debe formalizarse por escrito según el modelo homologado por una resolución del consejero del departamento competente en materia de ganadería.
2. La duración mínima del contrato de integración debe coincidir con la duración del correspondiente ciclo productivo.
3. El contrato que tiene las características establecidas por los artículos 625-1 y 625-2 no pierde la calidad de contrato de integración si el nombre empleado para designarlo es otro.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 01-01-2018