Articulo 6261 Código Civil de Cataluña
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 626-1. Concepto
Vigente
Por el contrato de censal una persona transmite a otra la propiedad de bienes concretos o de una cantidad determinada de dinero, y esta última se obliga a pagar a una persona y a sus sucesores una prestación periódica en dinero por tiempo indefinido.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 01-01-2018