Artículo 63 bis Vivienda de I Balears

Artículo 63 bis Vivienda de I. Balears

Ver Indice
»

Artículo 63 bis. Índice de intensidad residencial para vivienda protegida

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El índice de intensidad de uso residencial para un solar en suelo urbano cuando el techo que se destine a uso residencial sea todo para vivienda protegida será de una vivienda por cada 60 m² de superficie edificable residencial.

Modificaciones