Articulo 63 Caza de Euskadi

Articulo 63 Caza de Euskadi

Ver Indice
»

Artículo 63.- Graduación de las sanciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En la graduación de las sanciones se tendrán en cuenta el daño causado, la intencionalidad, la reincidencia y la reiteración.