Articulo 63 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 63. Titularidad.
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1. El deber de crianza y educación de los hijos menores no emancipados, así como la adecuada autoridad familiar para cumplirlo, corresponde a ambos padres.
2. Puede corresponder a uno solo de ellos o a otras personas en los casos legalmente previstos.
