Articulo 63 Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco
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»Artículo 63. Composición.
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La composición de la Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa será la siguiente:
a) Cuatro representantes de la Administración del Estado.
b) Cuatro representantes de la Comunidad Autónoma designados por el Gobierno Vasco, tres de los cuales lo serán a propuesta de cada una de las respectivas Diputaciones Forales.
