Articulo 63 Presupuestos 2018 La Rioja

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Artículo 63. Tasas.

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1. Se mantienen para el año 2018 las tarifas de cuantía fija de las tasas en la cuantía exigible en 2017.

2. Las tasas y otros ingresos correspondientes a servicios que se transfieran con posterioridad a 1 de enero del año 2018, y que no hayan sido regulados por la Comunidad Autónoma, se regirán por la normativa que les sea aplicable con carácter general.