Artículo 63 promoción de ...de Galicia

Artículo 63 promoción de los beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia

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Artículo 63. Planes de biometanización de los residuos municipales de titularidad de la Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A.

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1. Teniendo en cuenta el alto potencial de biometanización de los residuos municipales, derivado de la fracción de recogida selectiva de biorresiduos y de la materia orgánica contenida en la denominada fracción resto, la sociedad pública Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A. podrá desarrollar las siguientes acciones:

a) Para la primera fracción, la Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A. podrá desarrollar un plan de biometanización de tal forma que se consiga la optimización y maximización de su valorización.

b) Para la materia contenida en la denominada fracción resto, la Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A. podrá elaborar un plan de biometanización que habrá de incluir, necesariamente, el destino final del material bioestabilizado resultante del proceso, que excluya, de forma preferente, su depósito final en vertedero.

2. En los casos previstos en este artículo el biogás obtenido o su valor deberá servir, en primera instancia, para cumplir con la descarbonización de los procesos de la Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A., con el fin de alcanzar el objetivo de que el consumo de energía necesario para sus operaciones sea de origen renovable.