Articulo 63 Protección de los animales en La Rioja -Derogada-
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»Artículo 63. Multas coercitivas.
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Para conseguir el cumplimiento de las resoluciones adoptadas, y de conformidad con lo dispuesto en la normativa autonómica, podrán imponerse multas reiteradas de periodicidad mensual.
Estas multas serán independientes de las que puedan imponerse en concepto de sanción y compatibles con ellas.
