Articulo 63 Reglamento de explosivos -Derogado-
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»Artículo 63.
Vigente
Las ventilaciones y captaciones de aire en los edificios o locales peligrosos, destinadas a disminuir o eliminar concentraciones de gases, vapores o polvos, deben prever la posibilidad de una limpieza eficaz de las mismas.

