Articulo 63 Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido
Ver Indice
»Artículo 63. Recaudación del Impuesto. Normas generales
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El ingreso de las cuotas resultantes de las declaraciones-liquidaciones y la solicitud de las devoluciones a favor del sujeto pasivo se efectuarán en los impresos y en el lugar, forma y plazos que establezca el Departamento de Economía y Hacienda.
