Articulo 63 Servicios de ...alvamentos

Articulo 63 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos

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Artículo 63. Ámbito territorial.

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La contribución se exige en todo el territorio de Cataluña, a excepción del término municipal de la ciudad de Barcelona, en el que el ayuntamiento ha asumido la prestación de dichos servicios.

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