Artículo 63 ter Disposici...ún del IVA

Artículo 63 ter Disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del IVA

  • Téngase en cuenta que el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1112 del Consejo de 20 de julio de 2020 ha modificado el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2026 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 de forma que será aplicable a partir del 1 de julio de 2021, seis meses más tarde de lo establecido inicialmente.
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Artículo 63 ter

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(NOTA: Artículo aplicable a partir del 1 de enero de 2021)

Cuando no se haya presentado ninguna declaración del IVA o se presente de manera tardía, incompleta o incorrecta, o si el pago del IVA se efectúa de manera tardía, el Estado miembro de consumo calculará y evaluará el importe de los intereses, sanciones y demás cargos. El sujeto pasivo o el intermediario que actúe por su cuenta pagarán dichos intereses, sanciones y demás cargos directamente al Estado miembro de consumo.