Articulo 6321 Libro sexto del Código tributario
Artículo 632-1. Base liquidable
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1. En las adquisiciones lucrativas entre vivos, la base liquidable se obtiene como resultado de aplicar a la base imponible las reducciones establecidas en esta sección única.
2. Las reducciones establecidas en las subsecciones enumeradas seguidamente mejoran las reducciones análogas del Estado:
- Subsección primera: reducción por donación del negocio empresarial o profesional
- Subsección segunda: reducción por donación de participaciones en entidades
- Subsección quinta: reducción por donación de bienes del patrimonio cultural
3. Las reducciones establecidas en las subsecciones enumeradas a continuación son reducciones propias:
- Subsección tercera: reducción por la donación de participaciones en entidades a personas con vínculos laborales o profesionales.
- Subsección cuarta: reducción por la donación de dinero para constituir o adquirir una empresa individual o un negocio profesional o para adquirir participaciones en entidades.
- Subsección sexta: reducción por la donación de determinadas fincas rústicas de dedicación forestal.
- Subsección octava: reducción por la donación de una vivienda que ha de constituir la primera vivienda habitual o por la donación de dinero destinado a la adquisición de dicha primera vivienda habitual.
- Subsección novena: reducción por aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad.
- Subsección décima: reducción por donaciones hechas por entidades sin finalidad de lucro.
4. (Derogado).
- Artículo modificado (apdo. 4 se deroga) por Ley 11/2026, de 9 de julio, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público (GC de 13-07-2026) en vigor desde 14-07-2026

