Articulo 63218 Libro sexto del Código tributario
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»Artículo 632-18. Ámbito de aplicación
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Las reducciones que establecen las subsecciones de primera a sexta se aplican tanto en caso de adquisición de la plena propiedad o de la nuda propiedad como en caso de adquisición de cualquier otro derecho sobre los bienes afectados.
