Articulo 64 aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Foral 19/2019, de 4 de abril, de protección de los animales de compañía en Navarra
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»Artículo 64. Protocolos y campañas de sensibilización.
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1. Los ayuntamientos, entidades supramunicipales o comarcas establecerán protocolos de gestión, control y seguimiento de las colonias felinas, así como la formación del personal que maneje los animales, que cumplan, como mínimo, lo establecido en este reglamento.
2. Los ayuntamientos, entidades supramunicipales o comarcas deberán promover campañas informativas para la ciudadanía en relación a la gestión de las colonias felinas. En su preparación podrán contar con la colaboración de las entidades colaboradoras.

