Articulo 64 Carreteras de Álava

Articulo 64 Carreteras de Álava

Ver Indice
»

Artículo 64.- Prescripción infracciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El plazo de prescripción de las infracciones a que se refiere el siguiente capítulo, será de cuatro años para las graves y muy graves, y de un año para las leves, a contar desde que la Administración tenga conocimiento del supuesto hecho infractor.