Articulo 64 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 64. Caracteres de la autoridad familiar.
Vigente
La autoridad familiar es una función inexcusable que se ejerce personalmente, sin excluir la colaboración de otras personas, y siempre en interés del hijo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011