Articulo 64 Contratos públicos -Derogada-
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»Artículo 64. Procedimiento abierto.
Vigente
El procedimiento abierto es aquel procedimiento de adjudicación en el que los empresarios y profesionales interesados pueden presentar sus ofertas.
El procedimiento abierto es aquel procedimiento de adjudicación en el que los empresarios y profesionales interesados pueden presentar sus ofertas.