Articulo 64 desarrolla la Ley 13/2011 -regulación del juego- en lo relativo a li... registros del juego
Articulo 64 desarrolla la... del juego

Articulo 64 desarrolla la Ley 13/2011 -regulación del juego- en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego

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Artículo 64. Contenido de la inscripción.

Vigente

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La inscripción contendrá los datos de la persona vinculada al operador de juego que a estos efectos establezca la Comisión Nacional del Juego y, al menos, los siguientes.

a) Nombre, apellidos, sexo y domicilio a efectos de comunicaciones.

b) Número del Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.

c) Operador al que está vinculado.

d) Tipo de participación en la persona jurídica titular de la licencia de juego.

e) Cargo directivo que ocupa la persona jurídica titular de la licencia de juego o tarea que desempeñe que esté directamente involucrada con la actividad de juego desarrollada por el operador.

f) Nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente del cónyuge o persona con la que conviviera y de los ascendientes y descendientes en primer grado.

g) Fecha de inscripción.

h) Persona u operador que instó la inscripción.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-11-2011 en vigor desde 16-11-2011