Artículo 64 se establece ...reaseguros

Artículo 64 se establece un marco para la recuperación y la resolución de las empresas de seguros y reaseguros

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Artículo 64. Decisión de la autoridad de resolución

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1. Cuando reciba una comunicación de la autoridad de supervisión con arreglo al artículo 63, apartado 3, o por iniciativa propia, la autoridad de resolución determinará si se cumplen las condiciones del artículo 19, apartado 1, o del artículo 20, apartado 3, en relación con la entidad contemplada en el artículo 1, apartado 1, letras a) a e), de que se trate.

2. La decisión de adoptar o no una medida de resolución en relación con una entidad contemplada en el artículo 1, apartado 1, letras a) a e), contendrá las razones de dicha decisión.

Cuando se adopte la decisión de adoptar una medida de resolución, la decisión incluirá también la siguiente información: la medida de resolución y, en su caso, la determinación de solicitar la liquidación, el nombramiento de un administrador o cualquier otra medida con arreglo a los procedimientos de insolvencia ordinarios u otras medidas de resolución aplicables, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 26, apartado 7, con arreglo al Derecho nacional.