Articulo 64 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
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»Artículo 64. Hecho imponible.
Vigente
Están sujetos:
1. Las anotaciones preventivas que se practiquen en los Registros Públicos, cuando tengan por objeto un derecho o interés valuable y no vengan ordenadas de oficio por la autoridad judicial.
2. La rehabilitación y transmisión de grandezas y títulos nobiliarios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2003 en vigor desde 01-05-2003