Articulo 64 Juventud de La Rioja
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Artículo 64. Habilitación de personal con funciones de inspección.

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El Gobierno de La Rioja podrá habilitar, entre su funcionariado, el personal necesario para realizar las funciones de inspección que resulten necesarias, el cual recibirá formación específica en las materias relacionadas con el objeto de la función inspectora.