Articulo 64 NF 11/2003, d...a, ITPyAJD

Articulo 64 NF. 11/2003, de 31 de marzo, Álava, ITPyAJD

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Artículo 64. Hecho imponible

Vigente

Están sujetos:

1. Las anotaciones preventivas que se practiquen en los Registros Públicos, cuando tengan por objeto un derecho o interés valuable y no vengan ordenadas de oficio por la autoridad judicial o administrativa competente.

2. La rehabilitación y transmisión de grandezas y títulos nobiliarios.

Modificaciones