Articulo 64 Presupuestos 2011 Madrid
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»Artículo 64. Actualización de la cuantía de las tasas
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A partir de la entrada en vigor de la presente ley, se incrementará la tarifa de las tasas de la Comunidad de Madrid de cuantía fija que se hallen vigentes con anterioridad a la aprobación de esta ley, a la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01.
No tienen la consideración de tarifas de cuantía fija las que consistan en una cantidad a determinar, aplicando un porcentaje sobre la base o ésta no se valore en unidades monetarias.
Se exceptúan de lo previsto en el párrafo primero aquellas tarifas que entren en vigor a partir del día 1 de enero de 2011.
