Articulo 64 Presupuestos 2016 La Mancha
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»Artículo 64. Información al Consejo de Gobierno.
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La persona titular de la consejería con competencias en materia de hacienda informará al Consejo de Gobierno, con periodicidad al menos semestral, de las operaciones a que se refieren los artículos 61, 62 y 63.
