Articulo 64 Presupuestos 2019 Madrid

Articulo 64 Presupuestos 2019 Madrid

Ver Indice
»

Artículo 64. Información de organismos autónomos mercantiles y empresas públicas

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los organismos autónomos mercantiles, las empresas públicas y las fundaciones de la Comunidad de Madrid que sometan su actuación al derecho privado remitirán a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda la información que establezca la normativa que les resulte aplicable sobre su situación económico-financiera. Trimestralmente se remitirá a la Asamblea de la Comunidad de Madrid dicha información en el plazo máximo de 30 días naturales.