Artículo 64 Presupuestos Generales 2025 de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Artículo 64. Límite de endeudamiento de la Comunidad Autónoma.
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La Dirección General de Control Presupuestario velará por el respeto al límite máximo de endeudamiento autorizado para la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y los acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera.
Para ello, los organismos o entidades dependientes de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, aprobado por el Reglamento UE 549/2013, estarán obligados a facilitar la información que desde la Dirección General de Control Presupuestario les sea requerida relativa a sus operaciones de endeudamiento, su situación y la previsión de tesorería.
