Articulo 64 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
- Norma vigente hasta el 1 de enero de 2027. - DECRETO 91/2026, de 12 de junio, del Consell, de aprobación del Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer de la Comunitat Valenciana.
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»Artículo 64. Localidades
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1. Las plazas de toros portátiles dispondrán de localidades con asientos señalizados y numerados, con una profundidad mínima total de 0,55 metros de fondo, y 0,50 metros de anchura
2. En ningún caso, se admitirán localidades de pie.
