Articulo 64 Reglamento de...xtremadura

Articulo 64 Reglamento de Planeamiento de Extremadura

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Artículo 64. Clases de Planes Especiales de Reforma Interior.

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1. Los Planes Especiales de Reforma Interior, por su objeto, pueden limitarse a desarrollar o también mejorar el Plan General Municipal.

2. Los Planes Especiales de Reforma Interior de Desarrollo concretan las determinaciones de los Planes Generales Municipales, estableciendo la ordenación detallada del ámbito que comprendan.

3. Los Planes Especiales de Reforma Interior de Mejora acomodan la ordenación detallada y, en su caso, los criterios y objetivos establecidos por el Plan General Municipal a nuevas circunstancias sobrevenidas urbanísticamente relevantes, modificando una y, en su caso, otros para optimizar la calidad ambiental o la cohesión social del espacio urbano, adecuar la capacidad de servicio de las dotaciones públicas o potenciar la utilización del patrimonio edificado.