Articulo 64 Trans
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»Artículo 64. Nulidad de los contratos y negocios jurídicos discriminatorios.
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Las cláusulas de los contratos y negocios jurídicos que vulneren el derecho a la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o características sexuales serán nulas y se tendrán por no puestas.
