Articulo 6419 Libro sexto del Código tributario
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»Artículo 641-9. Bonificación de los arrendamientos de viviendas del parque público destinado a alquiler social
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1. Pueden disfrutar de una bonificación del 99% de la cuota del impuesto en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas los contratos de arrendamiento de viviendas del parque público destinado a alquiler social.
2. A los efectos de lo establecido en el apartado 1, son viviendas del parque público destinados a alquiler social las que están adscritas al Fondo de Vivienda en Alquiler destinado a políticas sociales que coordina la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
